Las urbanizaciones privadas poseen normas y disposiciones propias que imponen algunos límites a los propietarios. Su desconocimiento, por lo general, suele ser fuente de conflicto. Lo que hay que saber.
Antes de adquirir una propiedad, casa o lote, en un barrio cerrado o country es de fundamental importancia conocer el régimen legal en el cual está inscripto y sus reglamentos internos. Si nos mudamos a un edificio de departamentos sabemos que este tipo de condominios está sujeto a la ley de Propiedad horizontal 13.512 y una rápida lectura a su reglamento que, por lo general, acompaña a la escritura, nos permitirá saber si se puede instalar un consultorio u oficina y si nos podrá acompañar o no una mascota.
En el caso que nos ocupa, el de urbanizaciones privadas, si bien pueden considerarse PH de una sola planta, tienen algunas particularidades que no encontraremos en un inmueble urbano.
Para evitar inconvenientes futuros, tenemos que conocer cuáles son las normas que regirán el uso de nuestra propiedad y las pautas de conducta de nuestra familia respecto del barrio.
Si compramos una casa habremos superado el primer requisito que impone límites a la construcción. Si, en cambio, se trata de un lote y pensamos levantar una vivienda, ésta estará sujeta a un reglamento de arquitectura que impondrá ciertas condiciones. Estas se refieren a alturas máximas, superficie mínima de metros cubiertos y retiros. Esto último está referido a la distancia que debe haber entre la línea de construcción, respecto de la calle y la distancia entre medianeras.
También los cercos suelen estar limitados a alturas y características determinadas. En algunos casos no existe un régimen interno y se remite a los códigos de edificación del municipio local. Es conveniente consultar a un arquitecto porque, muchas veces, las especificaciones son demasiado técnicas .
Un capítulo aparte lo constituyen los clubes y chacras productivas. Entre sus normas internas figuran qué uso se le puede dar al "campito propio" y el tipo de animales que está permitido criar. También suele haber plazos para empezar a construir.
Las reglamentaciones internas, además, incluyen pautas de conducta. Estas no siempre están explícitas y los "usos y costumbres" varían según los barrios. Es importantes averiguar sobre estas, a veces, incómodas cláusulas encubiertas.
Respecto de las inconductas, existen regímenes punitorios y órganos internos de aplicación. Estos nunca pueden estar por sobre la ley pero suelen ser la mayor fuente de conflictos. Conocer de antemano los alcances de estos pueden ahorrar algunos dolores de cabeza.